Senado de México aprueba creación del Fondo de Pensiones del Bienestar

De acuerdo a lo aprobado por el Senado, el Fondo de Pensiones para el Bienestar se plantea como un “fideicomiso público controlado por el Banco de México"

Por: Juan Méndez

El Senado de México aprobó la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, el cual tiene como objetivo generar un fondo con cerca de 40.000 millones de pesos de los ahorros no reclamados de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) de personas de 70 años, o más, inactivas.

Ahora, el decreto será remitido al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrada en vigor. Tras la aprobación, el presidente tiene 60 días para publicar el decreto que anunciaría la creación del Fondo.

La iniciativa fue aprobada en lo general por el pleno del Senado con 70 votos a favor, 43 en contra y dos abstenciones. La votación en lo particular recibió 69 votos a favor, 41 en contra y dos abstenciones.

¿Cómo será el Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El Fondo de Pensiones para el Bienestar será un fideicomiso público que complementará las pensiones para procurar que éstas sean iguales al último salario del trabajador, siempre y cuando no se rebase un tope de 16,777.78 pesos al mes.

Además de los recursos no reclamados, se plantean otras fuentes de financiamiento como una parte de los ingresos del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y de las utilidades de entidades paraestatales como el Tren Maya y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).

Igualmente se propone que sea financiado con los recursos que se obtengan de la extinción Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.

También, con los ingresos que obtenga el ISSSTE en los ejercicios 2024 y 2025 por el pago de adeudos por concepto de cuotas y aportaciones, así como por la enajenación de inmuebles del Instituto.

Así, y de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), instancia que también supervisa las Afores, una cuenta se considera inactiva "cuando en el transcurso de tres años no ha tenido movimiento por depósitos o retiros"