Pensión del IMSS: ¿cómo pensionarte por la Ley 73? Requisitos y pasos

Si cotizaste antes de 1997, no te pierdas los requisitos y pasos para obtener la pensión de la Ley 73 del IMSS

Por: Raúl Durán

¿Sabías que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuenta con una modalidad para obtener la pensión por la Ley 73? Se trata de una prestación otorgada a los trabajadores afiliados. Entérate aquí de los requisitos y pasos para solicitarla.

La Ley del IMSS de 1973, mejor conocida como la Ley 73, beneficia a los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, un régimen que otorga una pensión mensual vitalicia a quienes cumplan con ciertos requisitos.

Requisitos para obtener la pensión del IMSS por la Ley 73

  • Tener al menos 60 años de edad al solicitar la pensión por Cesantía en Edad Avanzada o 65 años para la pensión por Vejez.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • No tener empleo remunerado.
  • Acumular al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
  • Estar en el periodo de conservación de derechos.
  • Reunir la documentación solicitada para la pensión bajo la Ley 73, que consiste en lo siguiente:
  • Identificación oficial vigente (credencial del INE, cédula profesional, pasaporte, cartilla de servicio militar, cédula de identidad personal, carta de naturalización o credencial ADIMSS)
  • Número de Seguridad Social (NSS).
  • Estado de cuenta de la Afore.
  • Acta de nacimiento original y copia certificada.
  • CURP.
  • RFC.
  • Estado de cuenta bancario con CLABE.
  • Comprobante de domicilio (antigüedad menor a 3 meses).

Pasos para solicitar la pensión por la Ley 73

  • Acude a la Subdelegación del IMSS correspondiente a realizar tu solicitud de pensión.
  • Una vez obtengas respuesta del IMSS, acude a tu Afore para iniciar el trámite de disposición de recursos.
  • Presenta en la sucursal de tu Afore la documentación señalada junto con la solicitud de disposición de recursos, debidamente llenada y firmada.
  • La Afore pondrá a tu disposición los recursos correspondientes en un plazo máximo de 6 días hábiles.
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