Si no se cumple con este requisito obligatorio, el SAT podría hacerte una visita domiciliaria en junio.
Por: Juan Méndez
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) encargado de la recaudación fiscal en México. Entre sus facultades, el SAT puede realizar visitas domiciliarias para asegurarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales de todos los contribuyentes.
Si quieres evitarte la pena de recibir la visita del SAT, aquí te decimos que trámites y documentos debes tener en tiempo y forma. Aparte de ahorrarte una visita domiciliaria, también tienes tus documentos en regla para cualquier otro trámite que necesites.
¿Cuándo serán las visitas domiciliarias del SAT?
De acuerdo con información del SAT, las visitas están programadas para el mes de junio, siendo enfocadas para los casos en los que detecten irregularidades o faltas en los trámites obligatorios.
Por esa razón, es importante que los contribuyentes mantengan sus documentos en regla y realicen cada uno de sus trámites en tiempo y forma.
¿Cuál es el trámite con el que se debe cumplir?
El trámite obligatorio señalado por el SAT no es uno complicado, puesto que se trata de que todos tus datos están correctamente dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y que esté correctamente activada su firma electrónica avanzada.
Es importante asegurar que la información sea correcta, ya que el RFC tiene la función de identificar obligaciones de clientes y usuarios, razón por la que si se encuentra con errores, se realizará la visita domiciliaria. Por ello, es importante revisar que la información sea correcta y en caso de encontrar algún error, corregirlo.
Igualmente, si el contribuyente espera hasta que el SAT detecte y requiera el cumplimiento de la obligación, se impondrán sanciones económicas que que dependerán de la infracción, tal como lo marca el Código Fiscal de la Federación.
¿Cómo es una visita domiciliaria del SAT?
La visita domiciliaria constituye una prerrogativa de verificación de la autoridad fiscal para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
Esta debe llevarse a cabo en días y horas hábiles, conforme al artículo 13 del Código Fiscal de la Federación, que abarcan desde las 7:00 hasta las 18:00 horas.
El procedimiento es el siguiente:
- Durante la visita domiciliaria, se crea un acta inicial donde se detalla lo observado.
- Si la visita abarca múltiples ubicaciones, se elaboran actas separadas para cada una, que luego se consolidan en un acta final.
- La autoridad fiscal puede redactar actas extra para registrar detalles específicos durante la inspección.
- Después de la última acta parcial, se debe esperar al menos 20 días hábiles para que el contribuyente pueda presentar pruebas.
- El acta final resume los hallazgos de la visita y cualquier contribución del contribuyente, pero no determina los impuestos faltantes; esto se hace más tarde.
- La notificación al contribuyente sobre el contenido del acta final se realiza en persona o a través del buzón tributario dentro de los seis meses siguientes a su elaboración.
¿Cuáles son los elementos del RFC?
Para evitar la visita domiciliaria, el RFC debe encontrarse actualizado y sin errores. Sus componentes estructurales son:
Personas Físicas:
La clave RFC asignada a las personas físicas se compone de trece dígitos:
- Letra inicial del apellido paterno.
- Vocal inicial del apellido paterno.
- Letra inicial de apellido materno.
- Letra inicial del nombre.
- Año de nacimiento.
- Mes de nacimiento.
- Día de nacimiento.
- Homoclave (3 caracteres alfanuméricos).
Personas Morales:
El RFC asignado a las personas morales se compone de doce dígitos:
- Tres primeras letras de las tres primeras palabras de la denominación o razón social.
- Fecha de creación en que la persona moral se construyó o creo.
- Homoclave (tres caracteres alfanuméricos)