SAT: ¿quiénes no están obligados a activar el Buzón Tributario?

Algunos contribuyentes no tienen la obligación de activar el Buzón Tributario del SAT. Entérate de quiénes están exentos de esta medida

Por: Raúl Durán

El Buzón Tributario es una herramienta digital implementada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que permite a los contribuyentes realizar diversos trámites fiscales y mantener comunicación directa con la autoridad fiscal. Aunque la mayoría de los contribuyentes tienen la obligación de activarlo, hay algunos casos en que no es obligatorio.

A través del Buzón Tributario del SAT, puedes realizar tareas como: recibir notificaciones de actos administrativos y resoluciones fiscales, presentar declaraciones o aclaraciones, así como enviar solicitudes y documentación al SAT.

Activar el Buzón Tributario es obligatorio para todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), ya sean personas físicas o morales. Sin embargo, existen casos en los que esta obligación no aplica.

¿Quiénes no están obligados a activar el Buzón Tributario?

El SAT ha señalado que algunos contribuyentes están exentos de esta obligación:

  • Personas físicas y morales con situación fiscal “cancelados” en el RFC.
  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con situación fiscal “suspendidos”.
  • Personas morales con situación fiscal “suspendidos” ante el RFC.
  • Es importante mencionar que, para estos casos, activar el Buzón Tributario es opcional.
El SAT considera algunas excepciones para la activación del Buzón Tributario. Foto: Cortesía

Requisitos para activar el Buzón Tributario

Si tienes la obligación de activar el Buzón Tributario por tu situación fiscal, deberás contar con los siguientes requisitos para el trámite:

  • Tu firma electrónica (e.firma).
  • Un correo electrónico vigente.
  • Un número de teléfono celular.

El proceso es sencillo y puede realizarse en línea a través del portal del SAT.

A partir del 11 de enero de 2025, el SAT impondrá sanciones económicas a los contribuyentes que estén obligados a activar su buzón tributario y no lo hagan. Las multas oscilan entre $3 mil 850 y $11 mil 540 pesos.

Con estas sanciones, se busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y fomentar el uso de herramientas digitales que el SAT pone a disposición de todos los contribuyentes.