
¿Ya no trabajas en esa empresa y te tocan utilidades? Entérate de cuáles son las fechas límite para que recibas el reparto de utilidades según la Ley Federal del Trabajo
Por: Raúl Durán
El reparto de utilidades es uno de los beneficios más esperados por millones de trabajadores en México cada año, quienes de esta manera reciben un dinero extra en reconocimiento a su esfuerzo en las empresas. Pero ¿qué pasa cuando ya no trabajas en esa empresa y te tocan utilidades?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las personas que ya no trabajan en una empresa también tienen derecho al reparto de utilidades en algunos casos. Al igual que los trabajadores en activo, tienen derecho a recibir su parte del 10% de las ganancias anuales de la empresa.
¿A qué ex empleados les tocan utilidades?
Si ya no trabajas en una empresa y quieres saber si te tocan utilidades, te comentamos que la LFT establece que solamente tienen derecho a este beneficio quienes hayan laborado al menos 60 días en el año fiscal anterior.
Esto significa que, si durante 2024 estuviste trabajando al menos dos meses en la empresa, este 2025 deberás recibir tu parte proporcional del reparto de utilidades. Este derecho también aplica para trabajadores eventuales.
¿Cuándo se pagan las utilidades?
Las empresas a las que les toque repartir utilidades tienen la obligación de realizar este pago a sus trabajadores dentro de los 60 días después de presentar su declaración anual, que en el caso de empresas es el 31 de marzo, y 30 de abril para personas físicas con actividades empresariales.
Esto significa que las fechas para el pago de utilidades son: del 1 de abril al 30 de mayo para empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas. En el caso de ex empleados, tienen hasta el 30 de abril del año siguiente para reclamar el pago de utilidades, en caso de no recibirlas en el año correspondiente.
La Ley Federal del Trabajo establece que las empresas deben notificar al ex trabajador por medios electrónicos, por llamada o por escrito para que se entere del día y hora en que recibirá el reparto de utilidades. En caso de no ser notificado, el ex empleado puede comunicarse a la empresa para que le aclaren esta información.
Por otra parte, hay que tomar en cuenta que algunas empresas no están obligadas al reparto de utilidades, tales como:
- Empresas sin fines de lucro
- Instituciones públicas sin fines lucrativos
- Empresas con capital menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Como ex trabajador, tampoco podrás solicitar el reparto de utilidades si te desempeñaste en cargos como director, gerente general o administrador de la empresa, al igual que si fuiste accionista o socio, o si brindaste servicios bajo pago de honorarios.