Lo que no deberías hacer al momento de presentar tu declaración anual de 2024, para evitar que el SAT anule tu saldo a favor
Por: Brenda Camacho
El periodo para presentar la declaración anual 2024, ya comenzó desde el pasado 1 de abril, y termina el 30 de ese mismo mes. Por ello, te damos la lista de los errores que podrían anular tu saldo a favor en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Es fundamental que, antes de presentar tu declaración de anual, sepas cuáles son las inconsistencias más frecuentes, que pudieran provocar que tu saldo a favor no sea devuelto por el SAT.
Cuáles son los errores que anulan tu saldo a favor ante el SAT
Uno de los errores comunes que provocan que el SAT, anule tu saldo a favor, es cuando encuentra inconsistencias en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Este caso pudiera ocurrir, cuando los comprobantes de tu sueldo e ingresos no cuentan con un folio fiscal válido o las retenciones no fueron timbradas de la manera adecuada.
Cabe aclarar que los errores que tienen los CDI, no serán tomados en cuenta al momento de calcular tu devolución en tu declaración anual.
Vale la pena mencionar que, si realizaste el trámite de tu declaración anual 2025, recientemente, pero la devolución te aparece en cero pesos, pese a tener saldo a favor, puedes realizar la corrección de los CDI, pero debe ser casi de manera inmediata.
Una vez realizado el ajuste antes mencionado, deberás presentar una declaración complementaria del 2024 o del año que la estés presentando, que te permitirá solicitar la devolución de tu saldo a favor. Debes asegurarte, que todo se encuentre en orden y con validación fiscal, antes de hacer este trámite.
Cuándo hay devolución automática del SAT
La devolución automática del saldo a favor del contribuyente ocurre, cuando la cantidad no rebasa los 10 mil pesos, esto siempre y cuando, la declaración anual haya sido realizada con contraseña en la página de internet del SAT.
Las declaraciones con saldo a favor que sean autorizadas a través de la devolución automática estarán sujetas a cualquiera de los siguientes supuestos:
- Compensación de oficio de los créditos fiscales firmes que tengas a cargo.
- Inconsistencias en la CLABE detectadas por la TESOFE.
- Revisión posterior por parte de la autoridad.