Para volver a casarse, comprar o vender inmuebles, tramitar o renovar licencia de conducir, pasaporte e INE; será necesario obtener un certificado de no deudor moroso.
Por: Gina Cota
El Pleno del Senado aprobó por unanimidad, con 84 votos, un dictamen con el que se impedirá a deudores de pensión alimenticia tramitar la credencial de elector, pasaporte y licencia de conducir.
Los senadores avalaron la creación de un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias que recopilará información de las personas deudoras y de sus acreedores alimentarios con el objetivo de proveer de una efectiva protección y restitución de los derechos de los niños y adolescentes.
Conforme al dictamen aprobado, un deudor tardío no podrá participar como candidato a cargos de elección popular.
Asimismo, el dictamen señala que en las actas de matrimonio emitidas por Registro Civil, se contará con un apartado que hará del conocimiento de interesados y autoridades si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro de Obligaciones Alimentarias, mencionando la situación que guardan acerca de las obligaciones adquiridas ante un menor beneficiado.
La reforma aprobada en la Cámara de Senadores, impedirá la renovación de la credencial de elector y licencia de conducir, así como también restringirá migratoriamente para que ninguna persona inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias pueda salir de México estando identificado como un deudor alimentario tardío o si existe riesgo de que la salida del país sea utilizada como medio para la evasión del pago.
Actualmente en México, un 70% de las madres solteras carece de pensión alimentaria para sus hijos, ya sea por falta de un compromiso legal del padre, o por falta de pago del mismo.
Al respecto, la panista Josefina Vázquez Mota, celebró dicho dictamen, señalando que a los deudores alimentarios “se les acabó su impunidad”.
Mientras que la senadora morenista Olga Sánchez Cordero, expresó que “este dictamen es refrendar el compromiso del Estado mexicano para fortalecer y garantizar el derecho de niños y adolescentes en materia de pensión alimentaria”.
Con la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, sólo un juez familiar podrá ordenar que se retire a la o el deudor del Registro, cuando se hayan cubierto las pensiones faltantes y se cuente con el certificado expedido por el #RegistroCivil pic.twitter.com/higxOBHCc2
— Olga Sánchez Cordero (@M_OlgaSCordero) March 22, 2023