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SAT: ¿habrá prórroga para entregar declaración anual 2024?

De cara a que concluya el plazo para personas físicas, muchos se preguntan si el SAT dará una prórroga para entregar la declaración anual 2023

30 abril, 2024
El periodo para hacer la declaración anual 2023 es del 1 al 30 de abril de 2024. Foto: Tus Buenas Noticias
El periodo para hacer la declaración anual 2023 es del 1 al 30 de abril de 2024. Foto: Tus Buenas Noticias

Este martes de 30 de abril de 2024, concluye el plazo para que las personas físicas entreguen su declaración anual 2023 al Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que muchos contribuyentes se preguntan si habrá una prórroga para realizar el ejercicio fiscal.

Recordemos que el 1 de abril inició el periodo para presentar la declaración anual para personas físicas, el cual tendría un mes de duración, por lo que los contribuyentes tuvieron hasta el 30 de abril para llevar a cabo el trámite ante el SAT.

En ese sentido, el SAT ha dejado claro que no habrá prórroga para hacer la declaración anual 2023, por lo que los contribuyentes solo tienen hasta el 30 de abril para presentarla. La última vez que se extendió el plazo para este trámite fue durante la pandemia.

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SAT: ¿habrá prórroga para entregar declaración anual 2023?
El SAT aclaró que no habrá prórroga para entregar la declaración anual 2023. Foto: Archivo

La autoridad fiscal recordó que la declaración anual es una obligación fiscal, así que cumplir con ella puede evitar ser acreedor de multas o sanciones, además de que se facilita la devolución del saldo a favor, en caso de tenerlo.

Por otra parte, cabe recordar que, a partir del 17 de abril y hasta el 30, el SAT extendió los horarios de sus oficinas de 8:30 a 18:00 horas, con el fin de brindar apoyo a las personas físicas que necesitaran resolver dudas sobre su declaración.

Declaración anual: requisitos y quiénes deben presentarla

Si aún no presentas tu declaración anual, no olvides que necesitas contar con tu RFC y contraseña o e.firma, y que el trámite se realiza en línea desde el portal del SAT. Además, todas las personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos tienen la obligación de realizar el trámite:

  • Si obtuvieron ingresos mayores a $400 mil pesos en 2023.
  • Si trabajaron para dos o más patrones el mismo año.
  • Si solicitaron por escrito a su patrón que no presente su declaración anual.
  • Si dejaron de prestar servicios laborales antes del 31 de diciembre de 2023.
  • Si brindaron servicios por salarios a personas que no efectúan retención, como embajadas u organismos internacionales.
  • Si obtuvieron otros ingresos acumulables además de salarios, como honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros.



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