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SAT: ¿Qué puedo hacer si no me depositan el saldo a favor tras la declaración?

¿Aún esperas la devolución de tu saldo a favor del SAT? Esto puedes hacer para recibir tu dinero

23 abril, 2024
Recuerda que el proceso del pago puede tardar días. Foto: Cortesía
Recuerda que el proceso del pago puede tardar días. Foto: Cortesía

¿Presentaste tu declaración anual de impuestos y reportaste un saldo a favor que aún no has recibido? Esto podría deberse a diversas incongruencias o errores detectados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Recuerda que la devolución de impuestos, aunque es automática en muchos casos, puede tardar hasta 40 días hábiles según la normativa del SAT. Si el plazo ya se cumplido y no has recibido tu dinero, aquí te explicamos que medidas puedes tomar para resolver el problema.

Saldo a favor SAT
El SAT debe devolver el saldo a favor de forma automática después de realizar la solicitud. Foto: Unsplash

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Razones por las cuales tu saldo a favor no ha sido depositado por el SAT

  1. Inconsistencias en la documentación: Los errores en los documentos que soportan tus deducciones o ingresos son una causa común por la que el SAT puede retener la devolución. Esto incluye discrepancias en los montos de los honorarios médicos, psicológicos, o cualquier deducción que no esté debidamente soportada por facturas digitales.
  2. Clave Interbancaria incorrecta: Si la clave interbancaria proporcionada es incorrecta, esto impedirá que el depósito se realice correctamente.
  3. Por revisiones y auditorías del SAT: La institución puede retener la devolución mientras verifica la autenticidad y exactitud de las operaciones reportadas. Si se detectan anomalías, como deducciones no permitidas o ingresos no declarados, la devolución puede ser ajustada o cancelada.

¿Cómo puedo hacer que el SAT me deposite mi saldo a favor?

  1. Verifica el estado de la devolución: Puedes consultar el estatus de tu devolución en el portal del SAT, en la sección de pagos y declaraciones. Esto te permitirá saber si la devolución está siendo procesada, detenida por revisiones, o si necesitas proporcionar información adicional.
  2. Solicita tu devolución manual: Si la devolución automática no se procesa, puedes optar por una devolución manual. Este proceso implica presentar una solicitud detallada con todos los comprobantes fiscales relevantes a través del portal del SAT. Necesitarás usar tu firma electrónica para validar la solicitud.
  3. Asesoría profesional: Consultar con un contador público certificado puede proporcionar claridad y asistencia en el proceso de solicitud de devolución. Los contadores pueden ayudar a asegurar que todos los documentos están en orden y que la declaración complementaria cumpla con todas las normativas fiscales.

Además, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente ofrece asistencia y asesoría en caso de problemas con la devolución de impuestos. Ellos pueden ayudarte a entender el proceso, así como explicar que medidas adecuadas tomar para asegurar que recibas el saldo a favor.

Saldo a favor SAT
Hay herramientas disponibles para ayudarte a recibir tu saldo. Foto: Cortesía

¿En qué casos no hay devolución del saldo a favor tras la Declaración Anual de impuestos?

Ya que las devoluciones se dan cuando se pagó más de lo que se debía, no en todos los casos hay saldo a favor; sin embargo, si se realizó el pago de forma correcta y aún así no hubo saldo, es posible que se deba a las siguientes causas:

  • No estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales
  • No estar al corriente con declaraciones anuales de impuestos de años anteriores
  • Retención de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

¿Qué pasa si no realizo mi Declaración Anual a tiempo?

En el caso de que no cumplas con la fecha límite para realizar la Declaración Anual o no se realiza el pago correcto, las sanciones son multas que pueden ascender hasta los 40 mil pesos, dependiendo de la situación.

Para saber si existe algún pago pendiente, se puede revisar desde la misma página del SAT en la sección de “Adeudos”.



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