Tus Buenas Noticias
Síguenos

Todos los servidores públicos deberán hacer declaración patrimonial

Esta medida se realiza tras la aprobación de 7 leyes reglamentarias que acompañan la legislación.

12 septiembre, 2019
Todos los servidores públicos deberán hacer declaración patrimonial
Todos los servidores públicos deberán hacer declaración patrimonial

Maestros, enfermeras, policías, secretarios de Estado deberán declarar a partir de enero 2020.

De acuerdo con los nuevos formatos de declaración patrimonial, de intereses y fiscal, publicados en el Diario Oficial de la Federación, los más de 9 millones de funcionarios públicos en México están obligados a indicar el número de pertenencias que poseen.

Con la actualización de la Ley 3 de 3, realizada por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), todos los servidores públicos, desde policías, maestros y enfermeras, hasta directores de área y secretarios de Estado, deberán declarar anualmente a través de 2 formatos: completa y reducida, que será para quienes no ostentan un cargo público a nivel dirección.

Esta medida se realiza tras la aprobación de 7 leyes reglamentarias que acompañan la legislación; una de ellas es la Ley General de Responsabilidades Administrativas, donde se establece la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses.

De ahí que se acordó hacer un nuevo formato y ser homologado en todo el país. La información será presentada exclusivamente en formato electrónico para que pueda ser compatible información de los estados y municipios. Todos estos datos estarán en la Plataforma Nacional Digital.

Los datos de las declaraciones sólo podrán ser consultados por las autoridades en su totalidad, pues cierta información es considerada como “datos personales” y no podrá ser consultada por los ciudadanos.

¿Quiénes presentan la declaración anual en México?

Cualquier persona que tenga un empleo, cargo o comisión en alguna dependencia o ente público, ya sea a nivel federal o local; es decir, se incluye a representantes de elección popular, miembros del Poder Judicial y funcionarios de la Administración Pública, así como servidores de los órganos autónomos y del Congreso de la Unión, entre ellos diputados y senadores.

Lee: Lo que debes saber sobre la declaración anual al SAT

En ese sentido, el Artículo 108 de la Constitución incluye a los miembros de los órganos de gobierno de las empresas productivas del Estado, por lo que los consejeros independientes que los integren estarán exentos de presentar su declaración.

Asimismo, aquellos con un cargo menor a jefe de departamento u homólogo sólo deberán llenar la versión reducida, que incluye datos generales, el domicilio, datos curriculares, experiencia laboral e ingresos netos. Estos funcionarios no deberán publicar información sobre pareja, adeudos, pasivos ni declaración de intereses.

En el caso del Poder Judicial de la Federación, estarán sujetos a interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya que tienen actualmente un formato de declaración de intereses más extenso.

¿Qué incluye la declaración patrimonial?

Datos generales, domicilio del declarante, datos curriculares, datos del empleo, experiencia laboral, datos de la pareja, datos del dependiente económico, ingresos netos tanto del declarante como de su pareja y dependientes económicos, si desempeñó un cargo público anteriormente, bienes inmuebles, vehículos, inversiones, cuentas bancarias y activos y pasivos, así como préstamos.

Lee: ¿Sabes cómo recuperar impuestos?

Información referente a los ingresos de la pareja, la ubicación de los inmuebles y datos personales como CURP y RFC, no estará disponible para la ciudadanía en general.

Información en la declaración de intereses

En este rubro se debe informar la participación que se llegue a tener en alguna empresa, sociedad o asociación; la representación que se tiene; los clientes principales, beneficios privados que ha obtenido y fideicomisos.

¿Cuándo deben declarar los funcionarios públicos?

El Comité Coordinador del SNA estableció que la fecha límite para que los formatos entren en vigor es el 31 de diciembre de 2019. Es decir que para mayo de 2020, ya todos los funcionarios presentarán su declaración patrimonial anual en ese mismo formato.

Actualmente se presentan tres tipos de declaraciones:

  • Inicio: se registra a más tardar seis meses después de que se ingresa al servicio público.
  • Conclusión: cuando termina.
  • Modificación: se presenta cada año en el mes de mayo, para la que se espera ya estén operando los nuevos formatos y aplicando a todos los funcionarios.
Te puede interesar
El SAT 101

Enlaces patrocinados