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En vigencia fin a pensiones de expresidentes y tope salarial a funcionarios públicos

Con este decreto, los funcionarios ya no pueden ganar más que el presidente de la república

5 noviembre, 2018
En vigencia fin a pensiones de expresidentes y tope salarial a funcionarios públicos
En vigencia fin a pensiones de expresidentes y tope salarial a funcionarios públicos

Publicaron decreto que elimina pensiones y condiciona el salario de funcionarios públicos debajo de 108 mil pesos.

A partir de la fecha se oficializa el fin a pensiones de expresidentes de la república al quedar publicado en el Diario Oficial de la Federación, cuyo decreto incluye también un tope salarial para que los servidores públicos ya no puedan ganar más que el presidente de la República.

El decreto publicado por el Congreso de la Unión expone que los servidores públicos ya no pueden ganar más que el presidente de la república. El límite será de 108 mil pesos (unos 5 mil 400 dólares) según lo anunciado por el presidente electo Andrés Manuel López Obrador.

El Diario Oficial de la Federación decreta que habrá excepciones para empleados con altos niveles de especialización y experiencia técnica. En este supuesto, especifica, esos sueldos tendrán un máximo de 50% más que el salario del presidente. Esto implica que ningún servidor público podrá ganar más de 162 mil pesos mensuales.

Fin a las pensiones de expresidentes.

fin a pensiones de expresidentes

Este día pasa a la historia por darle un revés a las pensiones de los expresidentes de México, el decreto estipula que los funcionarios electos no tendrán derecho a compensaciones adicionales después de su período en servicio.

También limita las compensaciones extra salariales para funcionarios, acotando que no podrá cubrirse ninguna remuneración mediante el ejercicio de partidas cuyo objeto sea diferente en el en el presupuesto correspondiente, salvo el caso de que las transferencias e encuentren autorizadas en el propio presupuesto o en la ley aplicable.

Precisa el texto que todo servidor público debe recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que es proporcional a sus responsabilidades.

El decreto forma parte de la expedición de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se adiciona el Código Penal Federal.

El decreto también especifica que: “No forman parte de la remuneración los recursos que perciban los servidores públicos, en términos de ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo, relacionados con jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos, ni los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo desempeñado”.


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