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Reglamento para ciclistas, ¿ya lo conoces?

voltear hacia atrás y anunciar el cambio de carril al automovilista previene accidentes.

15 febrero, 2019
Reglamento para ciclistas, ¿ya lo conoces?
Reglamento para ciclistas, ¿ya lo conoces?

Circular entre carriles cuando los automóviles están en movimiento, está prohibido.

¿Eres de aquellos que anda en bicicleta por la ciudad y no sabe cómo rebasar automóviles o indicar un cambio de carril? Para evitar accidentes y mejorar la movilidad, te compartimos el reglamento para ciclistas.

Dentro de la guía para la Cultura vial de Ecobici en Ciudad de México, según el artículo 2° del Reglamento de Tránsito, se establece que la prioridad de desplazamiento la tiene el peatón seguido de los ciclistas, sin que ello los exente de cumplir ciertas obligaciones para mantener el orden.

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Obligaciones de los ciclistas

El reglamento prohíbe el uso de aparatos que representen un distractor para la conducción segura de cualquier vehículo a fin de tener todos sus sentidos atentos a lo que sucede en la calle.

Como ciclista deben evitar circular pegado a las banquetas ya que pueden encontrar obstáculos como coladeras, y los vehículos no te rebasarán con la distancia adecuada. Asimismo, no pueden circular por áreas reservadas para uso exclusivo de peatones con excepción de niños de 12 años y policías.

Es muy importante destacar que como ciclista no puedes circular entre carriles a menos que haya tránsito detenido ni tampoco sujetarse a un vehículo en movimiento.

De esta manera, se recomienda que si circulan por un carril convencional, deben procurar ir en el de extrema derecha pero ocupando un espacio propio en el centro de dicho carril.

Señales de los ciclistas

Para mayor seguridad de los ciclistas, es muy importante que éstos sepan cómo indicar sus movimientos a los conductores para evitar cualquier accidente.

reglamento para ciclistas

Como ciclista, debes voltear hacia atrás e indicar tus movimientos a los automovilistas, antes de cambiar de carril o detenerte.

Para mayor información, puedes revisar el artículo 15 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.


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