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Más de 5 mil migrantes han tramitado su RFC ante el SAT

Gracias a un mecanismo de atención del SAT, más de 5 mil personas migrantes, refugiados y mexicanos repatriados han podido tramitar su RFC en México

15 agosto, 2023
Más de 5 mil migrantes han tramitado su RFC ante el SAT

Gracias a la atención del Servicio de Administración Tributaria (SAT), más de 5 mil migrantes han tramitado su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en México desde febrero de 2022 a julio de 2023.

Mediante un comunicado, el SAT destacó que gracias a la implementación de un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno, se logró tramitar más de 5 mil RFC durante ese periodo. 

Bajo este nuevo esquema, los grupos migrantes han podido realizar diversos trámites en las oficinas del SAT, de los cuales el 98% de casos han correspondido a la inscripción de personas físicas.

Las personas interesadas en tramitar su RFC ante el SAT pueden acudeir a cualquier oficina de la autoridad fiscal con cita agendada previamente a través del portal digital del SAT. También es necesario que presenten la siguiente documentación:

Migrantes residentes temporales o permanentes

Documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional, mismo que servir como identificación oficial:

  • Tarjeta de residente permanente
  • Tarjeta de residente temporal
  • Tarjeta de visitante por razones humanitarias
  • Tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas
  • Tarjeta de visitante trabajador fronterizo
  • Tarjeta de residente temporal estudiante
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del INM.

Refugiados

  • CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del INM.
  • Documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.

Mexicanos repatriados

  • CURP temporal con fotografía.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses. 
  • Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Mexicanos en retorno

  • CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las Oficinas Consulares de México en el exterior.
  • Acta de nacimiento o carta de naturalización en original.
  • Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Credencial para votar desde el extranjero emitida por el INE.

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