Pensión del IMSS: ¿cómo será el aumento en 2025 por la Ley 73?
Algunos pensionados del IMSS bajo la Ley 73 recibirán un incremento a partir del próximo año. Entérate aquí de todos los detalles
A partir de 2025, algunas personas que reciben la pensión del IMSS bajo la Ley 73 podrían ser beneficiadas con un aumento, gracias a una resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La decisión de la SCJN, establecida en el expediente 157/2024, tiene como objetivo que algunos de los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puedan recibir un monto que les permita tener mayor poder adquisitivo para mayores beneficios en su vida.
Este incremento en la pensión del IMSS implica que las pensiones por Cesantía en Edad Avanzada bajo el amparo de la llamada Ley 73, debe calcularse con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), en lugar del salario mínimo.
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Esta medida beneficiará a todas las personas que se encuentren pensionadas bajo el amparo del régimen de la Ley del IMSS de 1973, es decir, quienes se dieron de alta ante el Instituto hasta el 30 de junio de 1997.
¿Cómo acceder al aumento en la pensión del IMSS?
Los pensionados del IMSS pueden acceder a un beneficio llamado "ayuda asistencial", que implica un incremento del 15%, siempre que la persona no cuente con familiares dependientes, lo que representa un apoyo económico adicional para quienes están en situación de vulnerabilidad.
"En caso de que la persona que percibe la pensión no tuviera esos familiares a cargo; entonces, la institución podrá otorgar dicho pago adicional como ayuda asistencial", indica el IMSS.
Además, podrá acceder a un monto adicional mediante "asignaciones familiares", las cuales se otorgan a los familiares dependientes del pensionado y que varían de acuerdo con el salario del pensionado, de acuerdo con la Ley del Seguro Social.
Los porcentajes de aumento de la pensión del IMSS van del 15% adicional sobre la pensión; se suma un 10% extra por cada hijo menor de 16 años, al igual que en caso de tener hijos mayores de 16 y menores de 25 que estudian en escuelas del Sistema Educativo Nacional y en caso de que el hijo del pensionado no pueda mantenerse por alguna incapacidad prolongada.