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¿Cómo reclamo mis utilidades si me despidieron o renuncié a mi empleo?

Si te despidieron o renunciaste, tienes derecho al pago de utilidades, así puedes reclamarlas

12 abril, 2023
Foto: Shutterstock
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El reparto de utilidades es un derecho que se tiene como trabajador para poder recibir un pago adicional al salario cuando el patrón ha tenido ganancias en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Pero en esta nota, abordaremos qué pasa cuando eres un ex empleado y cómo puedes reclamarlo.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el reparto de las utilidades deben ser entregadas entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas, pero en el caso de que seas un ex trabajador aplica un caso especial.

¿Puedo recibir utilidades si soy un ex trabajador?

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Como cada año y luego del cierre fiscal de las empresas, así como de acuerdo con los resultados financieros, los trabajadores podrán recibir una cantidad de dinero por este concepto. Es decir, si se obtuvieron utilidades mayores a los 300 mil pesos, los empleados tendrán derecho al reparto de utilidades.

Los trabajadores que tienen derecho a recibir utilidades son los que hayan laborado por lo menos 60 días en una empresa para un patrón y que perciben sus ingresos a través de la nómina. 

Mientras que los que no tienen la oportunidad de recibir este beneficio son: Directores, Administradores, Gerentes generales, Socios y accionistas, trabajadores eventuales con menos de 60 días laborados en el año correspondiente, o los prestadores de servicios profesionales (honorarios).

Por lo que, en  el caso de que hayas renunciado también deberás de recibir utilidades, mientras cumplas con las condiciones antes mencionadas. Tienes derecho sin importar el motivo de tu despido o renuncia o el fin del contrato con la empresa.

¿Cómo se calcula el monto de las utilidades?

Según la Procuraduría Federal del Trabajo, el monto que recibirán los trabajadores por el reparto de utilidades es el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y que actualmente es el 10% de las utilidades netas.

Para calcularlo, se debe considerar el monto de la utilidad de la empresa en el ejercicio fiscal inmediato anterior, el número de empleados, el sueldo y el tiempo laboral de cada uno de los empleados en el año.

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