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SAT amplía el periodo de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 del complemento Carta Porte

Carta Porte es un documento fiscal que ampara el traslado en territorio nacional de bienes y/o mercancías

2 enero, 2024
SAT amplía el periodo de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 del complemento Carta Porte

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), comprometido con mejorar los procesos que faciliten a los contribuyentes la emisión de los comprobantes fiscales y sus complementos, publicó el 28 de septiembre de 2023 la versión 3.0, la cual entró en vigor el 25 de noviembre de 2023.

Se informó que el periodo de convivencia de las versiones 2.0 y 3.0 sería hasta el 31 de diciembre de 2023; sin embargo, con el objetivo de que puedan adaptarse a la nueva versión, los contribuyentes podrán seguir emitiendo sus facturas en la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024.

Cabe señalar que el 31 de diciembre de 2023 concluyó la prórroga de la no aplicación de multas y sanciones, que para tal efecto prevé la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, a quienes no emitieron sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte.

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El complemento Carta Porte es un documento fiscal que ampara el traslado en territorio nacional de bienes y/o mercancías, ya que contiene toda la información relacionada con el transporte, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como el medio por el que se mueven (aéreo, marítimo, ferroviario o autotransporte).

El SAT reafirma su compromiso con los contribuyentes y la seguridad de los prestadores de servicios de transporte, asimismo, busca proporcionar confianza y certeza jurídica a los transportistas, al tiempo que coadyuvan a combatir el contrabando y el uso ilegal de los medios de transporte para actividades ilícitas en territorio nacional.

Este complemento es obligatorio desde el 1 de enero de 2022 y las personas físicas y morales pueden generar sus facturas electrónicas con complemento Carta Porte a través de los servicios gratuitos de facturación del SAT y mediante Proveedores Autorizados de Certificación.

Para mayor información, pueden consultar las siguientes páginas:

http://omawww.sat.gob.mx/cartaporte/Paginas/default.htm y

http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm

Para resolver cualquier duda pueden llamar a MarcaSAT: 55 627 22 728, desde cualquier parte del país y (+52) 55 627 22 728 para el exterior del país.

La autoridad tributaria reitera que la información registrada en el complemento Carta Porte está protegida por el secreto fiscal y ayuda a fortalecer el comercio formal, combatir el contrabando y la competencia desleal, ya que regulariza las operaciones comerciales relacionadas con los servicios de transporte.

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