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SAT. Personas morales tienen hasta el 17 de enero para presentar su declaración por liquidación

Se informa que, a partir del 1 de enero de 2024, se pueden presentar todas las declaraciones que conforman el proceso de liquidación de una empresa o sociedad,

10 enero, 2024
SAT. Personas morales tienen hasta el 17 de enero para presentar su declaración por liquidación.
SAT. Personas morales tienen hasta el 17 de enero para presentar su declaración por liquidación.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas morales que tributan en el Régimen General y que se encuentren en proceso de liquidación, que tienen hasta el 17 de enero de 2024 para presentar su declaración “Del Ejercicio por liquidación” del ejercicio fiscal 2023 o anteriores.

Asimismo, se informa que, a partir del 1 de enero de 2024, se pueden presentar todas las declaraciones que conforman el proceso de liquidación de una empresa o sociedad, las cuales se realizan en el siguiente orden:

  1. Declaración “Del ejercicio por terminación anticipada”, que se presenta cuando las personas morales entran en periodo de liquidación y terminan anticipadamente su ejercicio fiscal.
  2. Declaración “Del ejercicio por liquidación”, se presenta al término de cada año calendario, a más tardar el 17 de enero del año siguiente.
  3. Declaración “Última del ejercicio por liquidación”, se presenta dentro del mes siguiente a la fecha de culminación de las actividades del contribuyente.

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Dichas declaraciones se presentan a través del Portal del SAT en el apartado “Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores”, mediante la siguiente ruta:

  • Ingresar a  sat.gob.mx
  • Seleccionar “Empresas” (parte superior izquierda).
  • Posicionar el cursor en “Declaraciones".
  • Seleccionar "Ver más".
  • Seleccionar “Anuales”.
  • Elegir "Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores".
  • En la parte inferior dar clic en “Iniciar”.
  • Autenticarse con RFC y Contraseña o e.firma.
  • Elegir el “Ejercicio”.
  • Seleccionar el “Periodo” dependiendo la declaración que se va a presentar (Del ejercicio por terminación anticipada, Del ejercicio por liquidación o Última del ejercicio por liquidación).
  • Seleccionar el “Tipo de Declaración”.
  • Seleccionar la obligación “ISR personas morales”.

En caso de dudas, en el apartado “Contenidos relacionados”, colocado en el costado derecho, se puede descargar la guía de llenado de la declaración.

Las personas morales que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y que se encuentren en periodo de liquidación a partir del ejercicio 2022 y posteriores, pueden presentar las declaraciones “Del ejercicio por liquidación” y “Última del ejercicio de liquidación”, a través de la herramienta “Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen Simplificado de Confianza”, al seguir estos pasos:

  • Ingresar a sat.gob.mx
  • Seleccionar “Empresas” (parte superior izquierda).
  • Posicionar el cursor en “Declaraciones".
  • Seleccionar "Ver más".
  • Seleccionar “Régimen Simplificado de Confianza”.
  • Dar clic en “Iniciar”.
  • Autenticarse con RFC y Contraseña o e.firma.
  • Elegir el “Ejercicio”.
  • Seleccionar el “Periodo” según la declaración que se va a presentar.
  • Seleccionar el “Tipo de Declaración”
  • Seleccionar la obligación “ISR Simplificado de confianza. Personas morales”.

De igual forma, en el apartado “Contenidos relacionados” se pueden consultar las guías de llenado de la declaración anual para estos casos.

El SAT invita a todos los contribuyentes que hayan iniciado su periodo de liquidación, a que cumplan con sus obligaciones fiscales conforme a lo previsto en el artículo 12 primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para ello deben tener su RFC y e.firma, así como la información de los montos de ingresos, deducciones, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros, y contar con un servicio de banca electrónica para poder hacer transferencias electrónicas.

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