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Delitos hasta con 50 años de prisión en Sinaloa

La persona en prisión, pierde la patria potestad sobre sus hijos y bienes, la tranquilidad, la sana convivencia, y a veces los mejores momentos de la vida.

8 noviembre, 2017
Delitos hasta con 50 años de prisión en Sinaloa
Delitos hasta con 50 años de prisión en Sinaloa

Homicidio, feminicidio, secuestro y desaparición forzada, son los delitos más penados en Sinaloa.

La privación de la liberad es una situación indignante; sin embargo, cuando le antecede un delito, la prisión pasa a ser un acto de justicia. En Sinaloa los delitos más penados son el homicidio, feminicidio, el secuestro y la desaparición forzada.

Según el Código Penal para el Estado de Sinaloa (mayo 2017), quien comete homicidio (privar de la vida a otra persona) tendrá una pena de 8 a 50 años de prisión, cuando haya traición, relación de parentesco, o si el homicida fuera un servidor público o policía (Art. 193).

Tratándose de feminicidio (quien por razones de género prive de la vida a una mujer) tendrá una pena de 22 a 55 años de prisión (134 BIS).

El delito de secuestro, cuando se le prive de la libertad personal a otro para obtener un beneficio, la pena que pudiera alcanzar el secuestrador sería de 25 a 50 años y hasta 8 mil días de multa (Art. 167).

El fenómeno conocido como “levantones” que culmina con la muerte y desaparición de la víctima, entra en el delito de la desaparición forzada.

prisión

En Sinaloa este delito (cuando el servidor púbico o personas priven de la libertad a otra y la desaparezcan negando los hechos) pudieran recibir de 25 a 40 años de prisión, y en caso de ser servidor público adicionalmente se le inhabilitará por 10 a 20 años (Art. 172).

El delito de asalto con uso de violencia será sancionado de 2 a 9 años de prisión y si es con arma de fuego y al conjunto de un poblado, hasta por 40 años a los cabecillas o jefes y 15 a 20 años a los demás participantes (Art. 175).

El delito de lesiones, (Art. 136) quien infiera a otro un daño que deje en su cuerpo un vestigio o altere su salud física o mental, incluye penas de 5 meses de prisión a 22 años o más, y multas adicionales.

Para el delito de extorsión (al que procurándose para sí o para otro un lucro indebido, obligue a una persona a realizar u omitir un acto en perjuicio de su patrimonio o al de un tercero) le impondrán prisión de 4 a 12 años, y hasta 450 días de multa.

Para el caso de robo bancario la penalidad de prisión establecida en Sinaloa es de 7 a 20 años (Art. 210).

Otros delitos con sus respectivas penas son los siguientes: evasión de presos con 8 años de prisión. Los delitos de Privación de la libertad, disparo a una persona, asociación delictiva, venta y distribución ilícita de bebidas alcohólicas, intimidación y encubrimiento, tendrán 6 años de cárcel.

Van por 5 años de cárcel quienes practiquen: daños, conspiración, enriquecimiento ilícito, imputación de hechos falsos, simulación de pruebas y falsificación.

Por negociación ilícita alcanzan los infractores 4 años de prisión. Por los delitos de amenazas, uso indebido de uniformes oficiales, imputación de hechos falsos, simulación de pruebas y falsificación, tendrán 3 años de cárcel.

Un acto que para el común de la sociedad pasa desapercibido como delito es la instigación o ayuda al suicidio. A veces se abuchea al suicida, y esto pudiera ser constitutivo de delito. Cuando se facilite el suicidio, el instigador o ayudante pudiera recibir prisión de 1 a 8 años o más (Art. 151).

La prisión es un acto de justicia que incide no sólo el ámbito personal del recluido, sino que trasciende al ámbito familiar, moral, económico, y social.

La persona en prisión, más allá de perder la libertad y los derechos políticos, pierde la patria potestad sobre sus hijos y bienes. Pierde la tranquilidad, la sana convivencia, y a veces los mejores momentos de la vida.

Imagen: TBN // luznoticiasrm.blob.core.windows.net


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