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Todos podemos denunciar posibles casos de trata de personas

Cada estado tiene su propia problemática en las formas de cómo se hace la explotación y trata de personas y muchas víctimas desconocen que lo son.

23 julio, 2021
Todos podemos denunciar posibles casos de trata de personas
Todos podemos denunciar posibles casos de trata de personas

Cada estado tiene su propia problemática en las formas de cómo se hace la explotación y trata de personas y muchas víctimas desconocen que lo son.

Todos podemos denunciar posibles casos de trata de personas o explotación, porque existen víctimas que ni siquiera saben su condición. Esto lo explicó el Mrtro. Juan Manuel Meixueiro, representante de la CNDH, al infirmar que en Sinaloa se registraron 41 casos de víctimas de trata de personas.

El director del Programa contra la Trata de personas de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, participó en la conferencia Retos y perspectivas de los Derechos Humanos Frente a la Trata de Personas, invitado por el organismo Construyendo Espacios para la Paz, donde explicó la manera de identificar delitos que se confunden respecto de la trata, explotación y tráfico de personas.

El funcionario destacó que la trata de personas ha existido por siempre, pero al principio estuvo normalizado y hasta legal comercializar personas, en categoría de animal, citando ejemplos de carteles donde daban las características físicas y habilidades de mujeres esclavas vendidas.

Todos podemos denunciar posibles casos de trata de personas

Detalló que aunque eso hoy puede causar asombro, poco asombro causa que con otras palabras se sigan viendo estas mismas prácticas. Y refirió que hoy se solicitan jovencitas para que “ayuden” en labores domésticas de la ciudad, y son traídas de comunidades indígenas o rurales de estados como Oaxaca, Guerrero o cualquier otro sitio, para ser confinadas en viviendas donde hacen todos los trabajos y no reciben la remuneración correcta, ni las libertades, ni prestaciones, sólo a cambio de bajo salario, un techo y ser consideradas “como de la familia”.

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Destacó que desde principios del siglo 20 se crearon los primeros documentos internacionales que empiezan a combatir la trata de blancas, llamado así por captación de mujeres blancas de Europa para satisfacer el mercado sexual en África.

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Y en cuento a la legislación internacional para evitar los trabajos forzosos precisó que México fue de los primeros países en ratificar ese documento en los años de 1930 a 1931.

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Durante su disertación el Mrtro. Juan Manuel Meixueiro comentó que en todo caso donde se encuentre una persona menor de edad, sea niño o adolescente, que tenga implicaciones sexuales, no significa que sea su voluntad, sino que es víctima de explotación.

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“Todo niño o niña que ejerza la prostitución es víctima de explotación, porque hay un cliente que la promueve”. Afirmó que: “Si este niño o esta niña desaparece, podría ser un caso de trata, una línea de atención o investigación. Para que pueda ser combatido, en el mundo existen lineamientos específicos como el protocolo de Palermo que obliga a México y a otros países aprevenir, proteger, asistir a víctimas de delitos.

El representante de la CNDH afirmó que México en 2003 se obligó a prevenir, sancionar y erradicar la trata de personas, y para ello se el 14 de junio de 2012 se aprueba la ley general para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos. De ahí que todos los estados deben ajustar su legislatura en esta materia.

Juan Manuel Meixueiro precisó que en México se identificaron 5,245 víctimas de la trata de personas, donde las mujeres y las niñas significan el mayor porcentaje de trata a nivel nacional e internacional.

También declaró que en Sinaloa, se registraron 41 casos acumulados por trata de personas donde 10 víctimas fueron mujeres adultas, 5 hombres y 23 niñas víctimas, donde el 87% mujeres 13% hombres.

El representante de la Comisión nacional de Derechos Humanos comentó que en México se juntaron los delitos  de trata de personas y explotación  de personas en un solo  delito, pero deben denunciarse todos aquellos casos donde se advierta: esclavitud, condición de siervo, prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, explotación laboral, trabajos o servicios forzados, mendicidad forzosa, utilización de menores de edad en actividades de delincuencia, adopción ilegal de persona menor de 18 años y otras.

Dijo que en cambio el tráfico de personas es el que comete el “pollero”, el traficante que cruza a una persona de un lugar de frontera a otro. Encontrándose como diferencia entre la trata, que la finalidad es la explotación; y en el tráfico la finalidad es económica al desplazar a las personas.


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