Pasos y requisitos para retirar el dinero de Infonavit

El tiempo estimado de la devolución del saldo es de 10 días hábiles.

Por: Kenia Meza

El tiempo estimado de la devolución del saldo es de 10 días hábiles

Si eres un trabajador con una subcuenta de vivienda, déjanos decirte que puedes retirar el dinero de Infonavit gracias a la reforma al artículo 37 de la Ley de Infonavit.

La subcuenta de vivienda 92 y 97 es un ahorro construido con las aportaciones de los patrones a Infonavit de manera bimestral. Estos depósitos son regulados por las leyes tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las de Infonavit.

Así que si perteneces a este grupo, revisa el estado de cuenta de tu Afore para confirmar si tienes recursos en las subcuentas y poder solicitar la devolución de las mismas, en caso de tener algún dinero.

El tiempo estimado de la devolución del saldo es de 10 días hábiles. Para solicitar el dinero, deberás consultar el apartado de Mi Cuenta Infonavit e ingresar tu número de Seguridad Social y fecha de nacimiento. Después aparecerá la Precalificación Infonavit y la cifra que corresponde al monto de la subcuenta.

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Requisitos para solicitar el dinero de Infonavit

  • Tener el dictamen de pensión expedido por el IMSS (fecha de emisión posterior al primero de julio de 1997).
  • No contar con un crédito de Infonavit vigente.
  • Si estás en proceso de aclaración de homonimia, debes concluirlo antes de iniciar el trámite del retiro.
  • El trámite puede ser a través de Infonavit o de tu Afore.

Requisitos para la cita de retiro ante Infonavit

  • Número de cita y de solicitud.
  • Identificación oficial vigente (en original y copia).
  • Número de Seguridad Social (NSS), CURP y RFC.
  • Estado de cuenta bancario con CLABE (debe presentarse el original y una copia, además, no puede ser mayor a dos meses).
  • Número de cuenta bancaria (para que el IMSS pueda realizar el depósito).
  • En caso de haber presentado alguna demanda laboral o amparo a favor, es necesario tener a la mano el documento original y una copia del laudo del juicio. Si el conflicto aún no tiene resolución, se deberá llevar el desistimiento de la demanda o del amparo en original y copia.

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No obstante, si el fondo de ahorro “está conformado por las aportaciones patronales realizadas entre 1972 y 1992”, no cuenta con rendimientos debido a la legislación que permaneció vigente en ese entonces.