Esto es lo que pasa con el crédito Infonavit si el titular fallece

En este caso, debes solicitar el seguro de fallecimiento de Infonavit.

Por: Kenia Meza

En este caso, debes solicitar el seguro de fallecimiento de Infonavit

Si el titular fallece y aún está vigente su crédito Infonavit, la familia tiene el derecho a solicitar la liberación del crédito y la vivienda. A continuación te explicamos más detalles sobre este caso.

Es bien sabido que los derechohabientes tienen la oportunidad de obtener una cuenta de ahorro para el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), además de los créditos hipotecarios.

No obstante, al momento, no se cuenta con un tipo de seguro que pueda cubrir las deudas que deje el titular en caso de que este fallezca. Por tal motivo, aquí te decimos qué es lo que sucede con el pago del crédito Infonavit si el titular fallece.

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¿Qué pasa con la deuda de un crédito Infonavit si el titular fallece?

Si un familiar cuenta con un crédito activo y fallece, tranquilo, la deuda no se hereda, ya que existe el seguro de fallecimiento de Infonavit, pero sí debes realizar unos trámites para activar dicho seguro.

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¿Qué es el seguro de fallecimiento de Infonavit?

El seguro de fallecimiento, en concreto, es una ayuda para que tus familiares no tengan que pagar ninguna deuda. Este seguro te ayuda a liquidar y cancelar la hipoteca, en caso de que fallezca el titular del crédito.

¿Cómo se tramita el seguro por fallecimiento del Infonavit?

  1. Llamar a Infonatel 800 008 3900 para generar número de caso y gestionar una cita, o acudir a un centro de servicio Infonavit (Cesi) para reportar la muerte el acreditado (debes llevar el nombre completo, correo electrónico y número telefónico del solicitante).
  2. Con el número de caso y el número de seguridad social (NSS) del acreditado, ingresar a la página de Infonavit para escanear el acta de defunción –si el acreditado falleció en el extranjero, el acta deberá estar apostillada-, identificación oficial del solicitante (INE, cédula profesional, pasaporte en original) y acta de nacimiento del solicitante.
  3. El día de la cita, acudir a la delegación Infonavit que corresponda (donde se encuentra la vivienda) con los documentos que fueron adjuntados en la página del instituto, para su validación.

¿Quién puede hacer el trámite en caso de fallecimiento del titular?

El primer tipo de persona que puede realizar este trámite, es aquella que es la beneficiaria de la vivienda que es adquirida con el crédito, proveniente del Infonavit. Es muy importante que esto quede constatado en un testamento, para que así se pueda probar que la persona es la beneficiaria de la vivienda.

En caso de que no haya un testamento, cualquier persona puede acudir al CESI, más cercano, o llamar a Infonatel; en cualquiera de los dos casos debes acudir con las escrituras originales de la vivienda y los documentos originales del acreditado.

Esperemos que esta situación no te suceda. Sin embargo, si conoces a alguien que tenga este caso, pásale la información del seguro de fallecimiento.

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