Los tuyos, los míos y los nuestros

Definir y diferenciar a tiempo qué es “lo tuyo”, qué es “lo mío”, y qué es “lo nuestro”, y qué tratamiento se dará a cada patrimonio, contribuye enormemente a la armonía en el patrimonio y en la empresa de la familia.

Por: Manuel Díaz

En el Despacho les llamamos “familias ensambladas”; y se dan cuando la pareja, al momento del matrimonio, aporta su propia carga familiar (hijos de una unión anterior) y -ojo!- su propia carga patrimonial.

Reunir en una familia hijos y dineros propios y exclusivos de cada uno de los cónyuges, sugiere una serie de acuerdos oportunos.

No todo es tan divertido como en aquella comedia que vimos hace algunos años (2006) en el cine. Además de los temas propios de la relación entre las familias, está el del uso y el destino por herencia de los bienes de cada uno de los cónyuges.

¿Los hijos sólo de “ella”, recibirán por herencia bienes exclusivos de “él”? Y la duda es igualmente delicada a la inversa… vaya tema! No es anecdótico ni curiosidad; suele presentarse.

Definir y diferenciar a tiempo qué es “lo tuyo”, qué es “lo mío”, y qué es “lo nuestro”, y qué tratamiento se dará a cada patrimonio, contribuye enormemente a la armonía en el patrimonio y en la empresa de la familia.

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Contacto: Díaz Salazar y Asociados, S.C.

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