Esta actividad se ajusta a la figura de enajenación de bienes.
Por: Kenia Meza
Esta actividad se ajusta a la figura de enajenación de bienes
A pesar de que las criptodivisas son consideradas como un instrumento financiero, no están exentas de arancel; así que si compras o vendes, debes saber que las criptomonedas pagan impuestos.
En diciembre de 2021, México se posicionó como el país número 14 de 27 que utilizaban estos activos, de acuerdo con el Índice de Adopción de Criptomonedas de Finder.
Aunque el país aún no ha precisado la normativa referente a las criptomonedas, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) establece que la compraventa de criptomonedas posea un 20 por ciento de gravamen sobre el total de la transacción para el Impuesto sobre la Renta (ISR).
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¿En qué régimen entran las criptomonedas?
La Prodecon puntualiza que se debe de acudir en primer término a lo previsto en el artículo 14, fracción I, del Código Fiscal de la Federación (CFF) que establece que se entiende por enajenación de bienes “...toda transmisión de propiedad, aun en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado”.
"De conformidad con lo anterior, se puede establecer que las operaciones de venta de criptomonedas se ajustan a la figura de enajenación de bienes, por lo cual se debe atender a lo establecido en el artículo 126, párrafos cuarto y quinto de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el cual prevé que tratándose de la enajenación de bienes diversos a los inmuebles, el pago provisional del ISR será por el monto que resulte de aplicar la tasa del 20% sobre el monto total de la operación, mismo que deberá ser retenido por el adquirente, siempre que este último sea residente en el país o en el extranjero con establecimiento permanente en México", indicó la Prodecon.
Es importante mencionar que la retención de impuestos y pagos provisionales se debe aplicar si el monto de la operación supera los 277 mil 400 pesos. En caso de ser una cantidad menor, los contribuyentes no tendrían que hacer ninguna declaración.
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Aunado a ello, es necesario expedir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
De este modo, cualquier operación de compraventa de criptomonedas debe ser declarada ante el Servicio de Administración Tributario (SAT) como medida de seguridad en un futuro próximo.