Por: Hugo Mora
Presenta tu declaración anual de una forma fácil y rápida; con esto evitarás caer en recargos y actualizaciones
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que los contribuyentes tienen del 1 al 30 de abril para presentar su declaración anual de impuestos de las personas físicas.
Para esto, el SAT presentó tres herramientas que facilitarán la presentación de su declaración anual, entre ellas su sitio SAT AID, Visor de nómina y el simulador para la declaración anual.
En esta última herramienta puedes conocer si el organismo encargado de la recaudación de impuestos tiene saldo a tu favor, lo que te ahorra tiempo y evita contratiempos para tu declaración de impuestos de este 2021.
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¿Cómo presentar de forma fácil la declaración anual del SAT? Hay tres herramientas:
1- SAT ID
El ingreso a este micrositio se da a través de satid.sat.gob.mx, en el que el usuario puede generar la contraseña así como su firma electrónica (e.firma) si esta tiene fecha de vencimiento menor a un año. La gran ventaja de este sitio es que puedes hacer el trámite sin salir de tu hogar así como desde cualquier dispositivo inteligente.
Interfaz de SAT ID.
2-Visor de nómina
Aquí encontrarás tus ingresos y retenciones por concepto de sueldos, salarios, asimilados a salarios y pagos por separación, que manifiestan al SAT tus patrones, a través de los comprobantes de nómina.
El sitio para ingresar a esta herramienta es a través de: https://www.sat.gob.mx/declaracion/97720/consulta-el-visor-de-comprobantes-de-nomina-para-el-trabajador.
3- Simulador para la declaración anual
En esta herramienta las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración las cuales realizó el contribuyente el año pasado. Esto sólo aplica si se solicitó factura y se pagó con tarjeta o transacciones electrónicas.
Para utilizar esta herramienta se debe ingresar a este link, selecciona el botón INICIAR, autenticarse con contraseña o e.firma. Los requisitos que necesitas es tu RFC, contraseña o e.firma.
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¿Quiénes presentan la declaración anual?
- Servicios profesionales (honorarios).
- Actividades empresariales
- Plataformas tecnológicas
- Arrendamiento
- Intereses
- Dividendos
- Enajenación de bienes
- Adquisición de bienes
También aplican las personas físicas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores; o si se obtuvo ingresos de otra actividad.
Recuerda que tienes hasta el 30 de abril para presentar tu declaración anual, en tiempo y forma; si se te pasa esta fecha incurrirás en recargos y actualizaciones.