SAT: ¿Qué hacer si no me devuelven el saldo a favor de mi declaración anual?
¿Te toca saldo a favor y no lo recibiste? Esto es lo que puedes hacer ante el SAT después de presentar tu declaración anual


Al presentar la declaración anual 2025 al Servicio de Administración Tributaria (SAT), una ventaja para muchos contribuyentes es la devolución del saldo a favor, un incentivo para quienes cumplen en tiempo y forma con el pago de impuestos, pero ¿qué pasa si te toca y no te lo devuelven?
Si ya presentaste tu declaración anual y has solicitado la devolución de tu saldo a favor al SAT, o esta se realizó de forma automática, hay que tomar en cuenta que el plazo oficial para recibir tu dinero es hasta 40 días hábiles después de la solicitud.
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Si te corresponde saldo a favor y no recibes tu devolución de forma automática, es necesario aclarar las posibles inconsistencias en tu declaración anual en el portal del SAT. Además, para que tu solicitud se genere automáticamente, necesitas contar con RFC y contraseña, así como e.firma.
Si solo recibiste una parte de tu saldo a favor, puedes solicitar la devolución del remanente, completando el Formato Electrónico de Devoluciones en el portal del SAT, siempre que no existan diferencias en la formación de tus retenedores, gastos deducibles o estímulos.

¿Cuándo no aplica la devolución automática?
De igual manera, es importante saber en qué casos no es aplicable la devolución de saldo a favor. Esto es lo que dice el SAT en su página oficial:
- Si tu saldo a favor es mayor a 150 mil pesos.
- Si obtuviste ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
- Su estuviste suspendido en el RFC durante todo el ejercicio fiscal.
- Si te encuentras como no localizado en tu domicilio fiscal registrado ante el SAT.
- Si tu solicitud no corresponde al ejercicio 2024.
- Si presentas tu declaración con contraseña, cuando estás obligado a hacerlo con e.firma.
- Si presentaste la solicitud de devolución antes de obtener el resultado de tu declaración anual.
- Si no elegiste la opción "Devolución" en el portal del SAT.
- Si presentas tu declaración después del 31 de julio de 2025.
- Si tienes revocados certificados de sellos o firmas digitales, o te encuentras en la relación de contribuyentes incumplidos publicada en el portal oficial del SAT.
Si alguno de estos es tu caso, es probable que no recibas la devolución de tu saldo a favor, o esta sea de forma parcial. De cualquier forma, si tienes más dudas sobre el tema, puedes consultar el sitio web y redes sociales del SAT, o bien llamar por teléfono al 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728.