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¿Existe la violencia política en razón de género?

7 claves para concienciar sobre este tipo de violencia y cambiar la situación.

9 marzo, 2021
¿Existe la violencia política en razón de género?
¿Existe la violencia política en razón de género?

7 claves para concienciar sobre este tipo de violencia y cambiar la situación.

México se encuentra en medio del proceso electoral más grande de la historia, y esta cancha no exenta la violencia política en razón de género. Por tal motivo, te compartimos siete claves para entender más este aspecto a fin de identificarlo y poder transformarlo en beneficio mutuo.

La abogada mexicana experta en derechos humanos e igualdad de género, Leticia Bonifaz Alfonzo, señaló ante Expansión, que la violencia política contra las mujeres inicia en las descalificaciones en cuanto a la capacidad de la mujer a gobernar.

No obstante, agregó que el avance para el cambio depende de una concienciación y de una claridad para romper paradigmas y obtener un México y un mundo igualitario.

Pero, ¿a qué se refiere la abogada? Cercanos a las elecciones del seis de junio, es importante comprender el significado de violencia política en razón de género para poder tomar ‘manos a la obra’.

Lee: ¿Qué es la paridad y violencia política de género?

1. ¿Qué es la violencia política en razón de género?

No toda la violencia política es en razón de género. Algunos criterios para identificar este tipo de violencia son:

  • Cuando se dirige a una mujer por ser mujer: Las agresiones están orientadas en contra de la mujer por su condición ‘de mujer’.
  • Cuando tiene un impacto diferenciado en las mujeres: Una acción u omisión afecta a las mujeres de forma distinta que a los hombres.

2. ¿Cómo se define la violencia política contra las mujeres por razón de género?

El Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las mujeres en razón de género incluye todas las acciones u omisiones de personas, servidores públicos, dirigidas a funcionarias, candidatas o representante popular por ser mujer, que les afecta con el objeto de menoscabar sus derechos políticos-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo, según Expansión.

La violencia política contra las mujeres puede incluir: violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida.

3. ¿Quiénes pueden ser acusados por ejercerla?

Cualquier persona o grupo de individuos, ya sean hombres o mujeres, en particular: integrantes de partidos políticos, aspirantes, candidatos a cargos de elección popular, autoridades gubernamentales, funcionarios, representantes de medios de comunicación.

4. ¿En dónde se puede dar?

Tiene lugar tanto en el espacio público como en el privado; en la esfera política, socioeconómica, cultural; dentro de la familia, en la comunidad, en un partido o institución política.

Además, puede efectuarse a través de cualquier medio de información, periódicos, radio y televisión; incluso a través de las tecnologías de la información y las redes sociales.

5. ¿Cuáles son las sanciones?

La Guía Ciudadana para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres del Instituto Nacional Electoral (INE) indica que este acto puede ser sancionado a través de otras conductas que sí están contempladas como delitos, tales como: generales, electorales o por incumplimiento a las obligaciones electorales:

  • Instituto Nacional Electoral (infracciones a la normativa electoral federal)
  • Organismos Públicos Electorales Locales (infracciones a la normativa electoral local)
  • Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (delitos electorales)
  • Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (incumplimiento de cualquier obligación electoral)
  • Partido Político (cuando se trate de asuntos internos competencia del sistema de justicia intrapartidaria)

6. ¿Han habido personas sancionadas?

El Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, ha sancionado a 20 personas; 16 hombres y a cuatro mujeres.

A su vez, el Informe sobre el estado que guardan las Quejas y Denuncias en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, de las 36 denuncias que el INE ha recibido, el instituto sólo ha tenido competencia en 11 de ellas; las demás han sido remitidas a otras autoridades.

7. Violentómetro

violencia política en razón de género

Las instituciones que conforman el Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México (OPPMM) pretenden ofrecer una guía para que las candidatas identifiquen las conductas que pueden constituir violencia política en razón de género.

¿Conocías esta información? Pasa la voz para evitar confusiones o para que la sociedad pueda identificar este tipo de violencia política.

Con información de Expansión


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