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Congreso de Sinaloa incrementa penas a agresores de médicos en pandemia

Los agresores recibirán prisión de 6 meses a 6 años, por atentados en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería o cualquier persona que realice actividades de atención médica.

2 julio, 2020
Congreso de Sinaloa incrementa penas a agresores de médicos en pandemia
Congreso de Sinaloa incrementa penas a agresores de médicos en pandemia

Los agresores recibirán prisión de 6 meses a 6 años, por atentados en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería o cualquier persona que realice actividades de atención médica.

El Congreso del Estado de Sinaloa incrementó las penas contra agresores de médicos y personal de salud durante la declaratoria de una emergencia sanitaria. La reforma legislativa se da por unanimidad entre los diputados locales, con el objetivo de proteger al personal de salud.

agresores de médicos

En los delitos, de Discriminación y Cometidos Contra Servidores Públicos, se aprobaron agravantes para cada uno. En el primer delito cuando la agresión sea contra cualquier integrante del sector salud.

Y en el segundo delito, cuando la agresión se realice contra personal que pertenezca al Sistema Estatal de Salud y en ambos casos se incrementa la penalidad.

Con esta reforma el Congreso refrenda su compromiso de promover y estimular el respeto universal y efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, legislando formas específicas de discriminación, incluida la que afecta a los profesionales de la salud.

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Para evitar que existan agresores de médicos, un dictamen que adiciona el párrafo cuarto al artículo 189 y el párrafo segundo al artículo 323 del Código Penal para el Estado de Sinaloa y que fue elaborado por la Comisión de Justicia, que preside la diputada Alma Rosa Garzón Aguilar, fue aprobado con 33 votos.

El artículo 323 del Código Penal establece que al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará prisión de tres meses a tres años, además de la que le corresponda por el delito cometido.

sancionarán a agresores de médicos

 

Con este dictamen aprobado la adición establece que se aplicará el doble de la pena prevista en el párrafo anterior, cuando el delito se cometa en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería o cualquier persona que realice actividades de atención médica en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas durante el periodo que comprenda una emergencia sanitaria.

Para efectos de lo previsto en este párrafo, el periodo que comprenda una emergencia sanitaria será la que se establezca en el acuerdo que emitan las autoridades sanitarias correspondientes en que dicha circunstancia así se declare.

Y de no precisarse plazo o fecha, lo será a partir de aquella en que el acuerdo de declaración se emita y hasta la fecha en que se declare su conclusión.

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En el artículo 189, del Código Penal, en su capítulo de Discriminación, establece de uno a tres años de prisión y cincuenta a doscientos días para la persona agresora y con la adición que fue aprobada por el Pleno se señala que las penas se aumentarán al doble de las previstas.

 

Con estas adiciones al Código Penal, permitirá sancionar a quien veje o excluya, provoque o incite al odio o a la violencia contra el personal de salud.

La Comisión de Justicia elaboró dictamen con cuatro iniciativas: una de la diputada del PAS Jesús Angélica Díaz Quiñónez y del ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueño; la segunda del grupo parlamentario de MORENA, que coordina la legisladora Graciela Domínguez Nava; la tercera, del diputado Apolinar García Carrera y la cuarta, del grupo del PRI, que coordina el legislador Sergio Jacobo Gutiérrez.

Ante los actos injustificados de agresores de médicos, las iniciativas coinciden en proponer reformas y adiciones a diversas disposiciones del Código Penal, con el objeto de endurecer las consecuencias jurídicas por la comisión de los delitos de lesiones, discriminación o cualquier otro en contra del personal médico, durante una emergencia sanitaria o fuera de ésta.

En este sentido, tomando en cuenta un enfoque de derechos humanos y en atención al principio de progresividad, se consideró pertinente regular un régimen especial de protección punitiva para el personal del sector salud ante la presente contingencia sanitaria del virus SARS-Cov2 y evitar la discriminación y agresión.

Ante las agresiones de las que han sido objeto personal del sector salud, estados como Campeche, Colima, Chiapas, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca y Yucatán, recientemente han modificado sus Códigos Penales a efecto de endurecer las consecuencias jurídicas por los delitos cometidos en contra de ellos durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria.

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